Las opciones de movilidad en las grandes ciudades no paran de evolucionar. Los patinetes eléctricos han sido la última incorporación a las calles, un medio de transporte que, aunque ya lo han probado muchos usuarios, han traído consigo una gran polémica llegando incluso a tener que ser retirados del espacio público.

Ante las restricciones por los altos niveles de contaminación, el tráfico, las dificultades para aparcar y una mayor concienciación con el medio ambiente, son muchas las empresas que han visto una oportunidad de negocio dentro del sector. Sin embargo, muchas ciudades españolas todavía no están preparadas para acoger esta nueva opción de transporte y las compañías de alquiler de patinetes y usuarios de los mismos se han encontrado con la oposición de los ayuntamientos.

Metricson, la firma de servicios legales que ayuda a empresas tecnológicas e innovadoras de todo el mundo a desarrollar su actividad con las máximas garantías legales, advierte que esto sucede porque antes de implantar el servicio es necesario determinar el régimen legal aplicable en esa localidad. En caso de que no exista un uso especialmente regulado, como ocurre en Valencia o pasó en su día en San Francisco, ciudad pionera en el uso de este medio de transporte, el propio ayuntamiento puede impedir provisionalmente la circulación o estacionamiento de los vehículos hasta que se apruebe una ordenanza. Por lo que el principal riesgo para las empresas que ofrecen este tipo de servicios es económico.

Si por el lado contrario, existe normativa en la ciudad en la que están presentes (en España, la primera ciudad en regular expresamente el uso de estos patinetes eléctricos es Barcelona, seguida de Madrid, que ya cuenta con un proyecto de ordenanza a la espera de ser aprobado por el Pleno del Ayuntamiento), los abogados de Metricson recomiendan a estas empresas trabajar en la educación de sus usuarios: informarles de qué pueden y qué no pueden hacer como, por ejemplo, las vías por las que pueden circular y el uso obligatorio del casco. Así se evitará que los ayuntamientos actúen de forma contundente al considerar que la actividad está fuera de control.

Según los abogados de Metricson, el principal reto para este nuevo modelo de negocio es la formación vial de los usuarios y el seguimiento y colaboración con las autoridades.

En cuanto al régimen laboral, Metricson advierte que al no existir por el momento empresas en este sector con envergadura suficiente como para forzar la redacción de nuevos convenios, esto dificulta la correcta calificación de los trabajadores. De hecho, este tipo de empresas se encuentran ante la disyuntiva de tener que elegir para sus empleados un convenio colectivo que no contempla realmente su actividad mixta: la online, mediante la cual venden y cobran el servicio, y la offline, ya que el servicio se presta en la calle y además mediante un elemento de transporte que formará parte del activo de la empresa. Por lo que estas empresas deben convivir también desde el punto de vista legal con estos dos mundos, el online y offline, para lograr sus objetivos. 

Normativa en las ciudades para los patinetes eléctricos

Barcelona:

De acuerdo con la Ordenanza de Circulación de Peatones y Vehículos de la Ciudad Condal, pueden circular a un máximo de 10 km/h por calles con plataforma única (sin aceras levantadas), parques y carriles bici situados en la acera. En los carriles bici situados en la calzada podrán circular a un máximo de 30 km/h. En consecuencia, no podrán circular por la calzada ni la acera de forma ordinaria.

En cuanto a su estacionamiento, está prohibido aparcar en la acera cuando impida el paso de peatones, así como atarlos a árboles, bancos, semáforos, etc.

El uso del casco es obligatorio y sólo podrán circular mayores de 16 años. Las multas por incumplimiento oscilan entre 100 y 500€.

Madrid:

La nueva Ordenanza de movilidad en materia de vehículos de movilidad urbana (también denominada Ordenanza de Movilidad Sostenible), pendiente de aprobación por el Pleno, permitirá circular por ciclocalles, calles residenciales con un límite de 20 km/h, carriles bici protegidos y pistas bici, aceras bici, y sendas bici. Se podrá aparcar en reservas bici y moto y sobre la acera en determinadas condiciones. En consecuencia, igual que sucede en Barcelona, no podrán circular de forma ordinaria por calzadas ni por aceras.

Las empresas que alquilen este tipo de vehículos tendrán que tener un seguro obligatorio, estarán sometidas a inspección municipal y, cuando no dispongan una base fija para su estacionamiento, deberán obtener una concesión administrativa.

Será obligatorio el uso de casco y la edad mínima para circular con ellos será de 15 años. Las sanciones para el incumplimiento de estas normas oscilan entre 0 y 3.000 euros.

Valencia:

En Valencia todavía no se ha aprobado una normativa que regule el uso de estos vehículos, sin perjuicio de que la problemática lleva sobre la mesa bastante tiempo. Entre tanto, el Ayuntamiento ha ordenado que se retiren los patinetes aparcados en las aceras de la Ciudad del Turia.

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Fuente: Diario Jurídico