La llegada de los migrantes hizo que 4.104 trabajadores extranjeros ya se encuentran registrados en el Registro Único de Trabajadores Extranjeros en Colombia  (RUTEC), según han reportado las empresas.

La mitad de las personas extranjeras reportados en este registro son de nacionalidad venezolana, seguidos de estadounidenses, españoles y brasileros.

El RUTEC donde se inscriben los trabajadores extranjeros en Colombia, no es una Ruta de Empleo.

El Ministerio del Trabajo, a través de la Resolución 4386 del 9 de octubre de 2018,  creó e implementó una plataforma de registro y certificación de trabajadores extranjeros en el país, que a través del registro vía web de los trabajadores extranjeros en Colombia, permite al Ministerio del Trabajo tener información de primera mano sobre la inmigración laboral en el país, conocer la ubicación geográfica y sectorial de los trabajadores extranjeros en el país, así como supervisar su situación laboral, sus condiciones de trabajo, y garantizar el cabal cumplimiento de las normas laborales en nuestro país.

Deben registrase todos los trabajadores extranjeros dependientes e independientes que se encuentren trabajando en el país, trabajadores con PEP que aporten al Sistema de Seguridad Social, y el personal administrativo de las Embajadas o Consulados en Colombia.

Son las empresas del sector público y las empresas del sector privado que vinculen o contraten personas extranjeras dentro del territorio nacional, quienes deben realizar el registro de sus trabajadores.

En el Registro Único de Trabajadores Extranjeros en Colombia, ya se encuentran registrados más de 4 mil trabajadores. Con esta información se busca caracterizar la población migrante laboral y lograr una supervisión de su situación y condiciones de trabajo.

La ministra del Trabajo, Alicia Arango Olmos, aclaró acerca del RUTEC: “No es una ruta de empleo, no es un permiso de trabajo o un requisito para acceder a un trabajo, no es una constancia que se solicite para afiliar a EPS, Pensiones, Caja Compensación Familiar y ARL y mucho menos, es un Permiso Especial de Permanencia, ni una medida de regularización para población extranjera”.

Hasta 120 días calendario tendrá el empleador para hacer el registro de sus trabajadores extranjeros ante el RUTEC, siguientes a la celebración del contrato o desde la vinculación, acorde con la Resolución 4386 de 2018; Para las empresas que cuenten con trabajadores extranjeros anteriores a la expedición de esta Resolución, el plazo vence el 09 de marzo de 2019.

El Ministerio del Trabajo, logrará con los inscritos en el RUTEC, generar insumos de pertinencia y calidad para la construcción de la Política de Migración Laboral, conocer las características de perfil socio – laboral de la población extranjera en Colombia, promover la garantía de derechos laborales de los extranjeros en el país, así como evitar las prácticas abusivas de contratación.

Para acceder al RUTEC ingrese a la página web del Ministerio del trabajo u seleccionar opción RUTEC. Registre la información de la empresa en el Registro Único de Empresa – RUE. Luego,  valide la información por parte del Ministerio del Trabajo y registre la información de los trabajadores extranjeros, entre los que deben estar: datos personales, tipo de contrato y nivel educativo y de idiomas.

Fuente: Ministerio de Trabajo, Colombia

 

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