Aprueban eliminar el privilegio que tienen las autoridades eclesiásticas de no testificar ante un tribunal.

El proyecto de reforma quedó en condiciones de ser visto por la Sala. La modificación del Código de Procedimiento Civil plantea eliminar los privilegios procesales existentes en favor de autoridades eclesiásticas.

La propuesta iniciada en moción dispone que los arzobispos, obispos, vicarios generales, provisores, vicarios y pro-vicarios capituales y los párrocos dentro del territorio bajo su jurisdicción podrán testificar ante un tribunal.

En la actualidad las nombradas autoridades eclesiásticas están exentos de esta obligación. Cabe recordar que la regla general en el procedimiento civil, es que toda persona debe testificar.

No obstante se establecen excepciones respecto a determinadas personas, en razón de su cargo o función pública:

El artículo 361 del Código de Procedimiento Civil, dispone que se encuentran exentos de comparecer ante el tribunal, el Presidente de la República, los Ministros de Estado, entre las principales autoridades de Gobierno, así como los parlamentarios, Alcaldes, Miembros de la Corte Suprema, de las Cortes de Apelaciones, Fiscales Judiciales, Fiscales regionales del Ministerio Público, y oficiales en servicio activo y en retiro.

Sin perjuicio de ello, la norma también incluye a “el Arzobispo y los Obispos, los Vicarios Generales, los Provisores, los Vicarios y Provicarios Capituales; y los Párrocos, dentro del territorio de la parroquia a su cargo”.

El eje central del proyecto de reforma es eliminar este privilegio procesal, en favor de las autoridades eclesiásticas, ya que no ejercen ningún tipo de función pública.

La misma suerte corrió la iniciativa que pretende incorporar el desarrollo sostenible dentro de las Bases de la Institucionalidad. La Comisión de Constitución respaldó el texto de autoría de los senadores Carlos Bianchi, Isabel Allende, Ximena Órdenes, Guido Girardi y David Sandoval.

En una próxima sesión ordinaria, la Sala también deberá pronunciarse sobre la idea de legislar a favor del desarrollo sustentable. Ésta pretende incorporar dentro en la Constitución Nacional el primer principio de la Declaración de Río, que establece que “los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible. Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza”.

Los legisladores reconocen que “nuestro país, pese a solo ser responsable del 1% de la emisión de gases de efecto invernadero, es uno de los más afectados por el Cambio Climático, lo que ha generado un grave aumento de la desertificación y la sequía”.

Dada la gravedad de este tema, la moción asegura que “en materia de orden interno, Chile hasta la fecha ha sido bastante tímido en implementar medidas efectivas en relación al cambio climático. Sin embargo, en la COP realizada en la ciudad de París, Chile se atrevió a proponerse un compromiso de reducción de un 20% de las emisiones de efecto invernadero”.

Por todo ello, en este marco se inserta la idea de plasmar en la Constitución Política el derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza, todo en el marco de un desarrollo sostenible.

Fuente: Senado, Chile

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