La sentencia considera inaplicable la doctrina del Tribunal Supremo español como ya lo ha hecho el abogado general del TJUE y la Comisión Europea, en beneficio del consumidor.

afectados irphLa Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Ibiza, Doña Carmen Robles Zamora, ha dictado la primera sentencia en Baleares que declara la nulidad del IRPH tras las conclusiones que fueron emitidas por el abogado general Maciej Szpunar el 10 de septiembre de 2019. El caso ha sido defendido por el Letrado Norberto José Martínez Blanco, consiguiendo condenar a BBVA a devolver al matrimonio afectado más de 45.000€ de un préstamo que fue formalizado en 1998.

La sentencia fue dictada en octubre pero ha sido conocida recientemente, siendo la primera en Baleares y de las primeras a nivel nacional, que procede a aplicar las conclusiones del abogado general del TJUE antes de la publicación de la Sentencia final que el tribunal europeo en la cuestión prejudicial C-125/18 que se conocerá el próximo 3 de Marzo, aunque la misma se encuentra en fase de apelación.

En ella, la Magistrada-Juez indica que se muestra contraria a la jurisprudencia dictada por el Tribunal Supremo español al igual que el abogado general por ser contraria a Derecho: “Conforme a la jurisprudencia del Tribunal Supremo español, un índice legal, como el IRPH, no puede someterse a control judicial porque se considera que no está comprendido en el ámbito de aplicación de la Directiva. El Juzgado, sin embargo, considera que cabe aplicar la Directiva Europea al presente caso, puesto que el IRPH no debía aplicarse ni imperativa ni supletoriamente, de modo que la entidad habría podido escoger entre diferentes índices de referencia (por ejemplo el euríbor). Además, estima que el consumidor no fue suficientemente informado del contenido de la cláusula, por lo que ésta no sería ni clara ni transparente, incumpliendo así lo dispuesto en la Directiva”.

Hasta la fecha, la mayoría de las Audiencia Provinciales nacionales han preferido proceder a esperar la sentencia final del TJUE antes de seguir dictando sentencias que posiblemente pudieran resultar contrarias a Derecho. No obstante, la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca a través de su Sección 5ª ha optado por desatender las peticiones de los consumidores, dictando sentencias que de confirmarse las conclusiones del abogado general que ya se conocen, resultarían muy perjudiciales para el consumidor si este no decidiera recurrir las mismas.

Norberto José Martínez Blanco, Letrado director de Martínez-Blanco Abogados, que también defiende a los consumidores ante el TJUE en la cuestión prejudicial C-224/19 relativa a los gastos y comisión de apertura de las hipotecas, viene reprochando la pasividad de la Audiencia Provincial de Baleares en cada una de las vistas judiciales que celebra: “Se está dando prioridad a la liquidación de expedientes judiciales frente a la protección de los consumidores amparada por el Derecho de la Unión, en beneficio exclusivo de las entidades financieras una vez más”.

En Martínez-Blanco Abogados celebramos nuevamente la voz de los magistrados y jueces valientes, como en este caso la de la Magistrada-Juez de Ibiza Doña Carmen Robles Zamora, que en honor a su profesión, anteponen la justicia, en beneficio de los consumidores, huyendo de las imposiciones de criterios y presiones indirectas que con frecuencia se dan en la jerarquía de instancias judiciales.

Esperamos que sea la primera de muchas sentencias en este sentido

Fuente: Martínez Blanco Abogados

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