La Secretaría de Trabajo y Previsión Social ofrece asesoría a sindicatos para realizar las adecuaciones a sus estatutos conforme a la Reforma Laboral.

La Reforma Laboral establece un plazo máximo de 8 meses para que los sindicatos adecuen sus estatutos a las nuevas reglas de elección de dirigentes sindicales, y de hasta un año para sus procedimientos de consulta.

La Dirección General de Registro de Asociaciones de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social ofrecerá a los sindicatos la orientación y asesoría que requieran para llevar a cabo las adecuaciones a sus estatutos.

La Reforma Laboral requiere la adecuación de los estatutos sindicales, y por ello, con la finalidad de que los sindicatos de todo el país modifiquen sus estatutos conforme a las nuevas reglas en materia de democracia sindical y negociación colectiva, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) ofrecerá asesoría y orientación directa a las organizaciones que lo requieran.

La Reforma Laboral, que fue estratégicamente publicada el pasado 1° de mayo, estableció un plazo máximo de hasta 240 días (8 meses) para que los sindicatos incluyan el voto personal, libre, directo y secreto de los trabajadores en sus procedimientos de elección de dirigentes, así como otras garantías en materia de rendición de cuentas y equidad de género.

Además, la reforma en lo laboral estableció un plazo de hasta un año para que los sindicatos adecuen sus procedimientos de consulta a los mecanismos establecidos en la Ley Federal del Trabajo.

La modificación hizo especial hincapié en lo que respecta a la obtención de Constancias de Representatividad y a la ratificación por los trabajadores de los contratos colectivos o convenios de revisión que se celebren entre su sindicato y el patrón.

La reforma busca dejar de lado viejas prácticas sindicales. Esta nueva ley busca garantizar a los trabajadores el derecho de decidir quién los representará a través de la protección de la confidencialidad de su voto.

Sin embargo, los líderes obreros independientes señalan que transformar un sistema de décadas, y superar la resistencia de los empleadores y de los sindicatos poderosos y favorecidos políticamente, así como la profunda desconfianza de los trabajadores, será un trabajo arduo y lento.

Según la nueva ley, los sindicatos tendrán que ganarse el respaldo de al menos el 30 por ciento de los trabajadores de una empresa antes de que puedan ser formalmente reconocidos.

Para que los sindicatos conozcan en profundidad estas nuevas disposiciones y puedan cumplir con sus obligaciones de manera ágil y efectiva, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social ofrecerá orientación y asesoría directa y gratuita a las organizaciones sindicales que lo requieran, a través de la Dirección General de Registro de Asociaciones.

Los representantes o dirigentes de los sindicatos interesados podrán acudir a las instalaciones de dicha Dirección General, ubicadas en la Carretera Picacho-Ajusco No. 714, Colonia Torres de Padierna, Alcaldía de Tlalpan en la Ciudad de México o solicitar información telefónicamente.

Fuente: Secretaría de Trabajo y Previsión Social, México

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