La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación garantiza los derechos de las mujeres que hayan sido despedidas con motivo de su embarazo.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó, por unanimidad de votos, el proyecto de sentencia presentado por la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, en el que ratificó la obligación de las Juntas laborales de juzgar con perspectiva de género los casos en que una mujer se considere despedida por motivos de su embarazo.

En la ciudad México, el despido por embarazo es la principal causa de discriminación. De la Segunda Encuesta sobre Discriminación en la Ciudad de México pudo advertirse que el 65.6% de las respuestas dadas por las mujeres indican que las empleadas embarazadas son víctimas de discriminación y que casi 4 de cada 10 personas encuestadas consideran que se les discrimina “mucho”.

Las encuestas también revelan que a las mujeres embarazadas se las discrimina al no bridarles trabajo (35.6%), despido (27.5%) y hacerla menos (13.8%).

La obligación de las Juntas laborales es la de juzgar con perspectiva de género los casos en que una mujer trabajadora asevere haber sido despedida con motivo de su embarazo y el patrón exhiba en su defensa la renuncia de aquélla, aun cuando no exista duda u objeción sobre la firma que calza dicho documento.

Cabe destacar que se considera atribución de las Juntas dictar sus laudos a verdad sabida y buena fe guardada, apreciando los hechos en conciencia, sin necesidad de sujetarse a formulismos o reglas con relación a las pruebas aportadas por las partes.

Los integrantes de la Sala reiteraron que es fundamental reconocer que en la realidad, es más probable la existencia de un despido con motivo del embarazo de la trabajadora, que su renuncia voluntaria al encontrarse en ese estado de gravidez, lo que se traduce en una duda razonable acerca de su voluntad de prescindir de su empleo, por los gastos que implica y la necesidad de acceder a la seguridad social.

De acuerdo con la Constitución Política de México, una mujer embarazada mantiene su empleo durante la licencia de maternidad. Asimismo, la Ley Federal del Trabajo establece que una mujer no puede ser despedida durante su periodo de embarazo. Es considerada una práctica laboral injusta por parte del empleador despedir a una trabajadora por estar embarazada u obligarla, ya sea directa o indirectamente,  a renunciar, cambiar su estado civil o tener niños menores.

Estar embarazada no es un delito ni un pretexto para despedir a una persona, por el contrario, la Ley la ampara y lo último que puede perder es su empleo. No obstante las nuevas leyes las protegen y fortalecen no hay que dejar de conocer las prácticas laborales que intimidan a la mujer trabajadora en estado de embarazo.

Con este criterio se busca contrarrestar la práctica común de firmar documentos en blanco que después son llenados con renuncias expresas por parte de las trabajadoras y exhibidas en juicio para justificar el despido o darle apariencia de legalidad.

Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación, México

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