Se acerca el 31 de octubre, Halloween, una fecha en la que los disfraces de todo tipo son una tradición cada vez más instaurada en nuestro país. Niños y adultos por igual, los españoles nos tomamos más y más en serio la elección de disfraz para este día. Pero ¿qué pasa si vamos demasiado lejos?

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Aunque se quiera llevar un buen disfraz con el que dejar a todos boquiabiertos, debemos tener cuidado de, según qué disfraz se elija, no meternos tanto en nuestro terrorífico papel que podamos cometer un delito que nos agüe la fiesta o a los de nuestro alrededor.

De acuerdo con el Código Penal, son varias las penas y sanciones a las que nos podemos enfrentar por culpa de un disfraz o una actitud desafortunada.

Por un lado, atención con sembrar el pánico en público o simular una situación de emergencia. En Halloween, muchas personas disfrutan aterrorizando a los demás, con actitudes como, por ejemplo, ir disfrazados de zombis persiguiendo a las personas como salidos de un apocalipsis o representar un asesinato en plena calle.

Todo en Halloween invita a “dar sustos”, sin embargo, ir demasiado lejos fingiendo en público una situación de peligro demasiado realista puede ser constitutivo de delito.

A modo de ejemplo, si como parte de nuestra actuación como asesino loco de Halloween simulamos que vamos a provocar un incendio o que vamos a ponernos a atacar a otras personas con una sierra mecánica, debemos tener cuidado con dejar claro que es una actuación, ya que el hecho de simular en un sitio público una situación de peligro para la comunidad supondrá la comisión de un delito recogido en el artículo 561 del Código Penal y nos enfrentaremos a una pena de hasta un año de prisión, y una multa, si como consecuencia de la broma se produce una asistencia o salvamento, por ejemplo, que acuda la policía o el Samur.

Conductas similares de simulación de peligro con consecuencias parecidas se han producido no hace mucho. En 2016 cinco jóvenes fueron detenidos por irrumpir en un cine en Fuenlabrada, Madrid, fingiendo un ataque terrorista, y seguramente todos recordamos cuando los payasos diabólicos se grababan asustando a la población a fin de que sus bromas macabras fueran vistas en YouTube, así como otros ejemplos de videos en la red con bromas que simulan atracos, ataques terroristas, incendios, suicidios … para grabar la reacción de otros. El hecho de que estemos en Halloween no hará que esas conductas, cuando se hagan en la misma forma, queden impunes.

Querer provocar el caos o infundir miedo en la población, como es el caso de los mencionados payasos diabólicos con la intención de aterrorizar, alguien fingiendo haber escapado de un psiquiátrico corriendo con un cuchillo en la mano, o amenazar a la gente por la calle con un disfraz de “la muerte” con una guadaña demasiado real y con una actitud muy agresiva, puede constituir un delito de amenazas, cuando se anuncia a los demás que se va a provocar un daño. Lo mismo ocurre si, junto con el disfraz, llevamos armas como hachas o espadas de verdad o con apariencia de reales, en cuyo caso la amenaza se incrementaría aún más, y la pena a imponer sería mayor.

El delito de amenazas se castiga con una multa, cuando la amenaza sea leve, y con pena de prisión si va dirigida a los habitantes de una población, grupo étnico, cultural o religioso, de diferentes meses o varios años, según la gravedad de las amenazas y las circunstancias.

Asimismo, según el Reglamento de Armas debemos tener en cuenta que todo lo que pueda pasar por un arma real, como puede pasar al ir disfrazado de “sheriff zombi” o de atracador de bancos, puede llevar a confusión y, por lo tanto, te la podrán requisar. No hay problema si está claro que el arma es de juguete y forma parte de un disfraz, pero sí lo hay si la imitación es tan buena que parece un arma real.

Por otro lado, cuidado si nuestro disfraz de Halloween es una réplica exacta y nuestra actitud nos llevan a hacernos pasar por una autoridad pública, ya que podría ser delito de usurpación de funciones públicas y de intrusismo. Esto sería el caso, por ejemplo, de ir disfrazado de policía y actuar como tal de forma que se lo hagamos creer a los demás. Por mucho que nos creamos el “doctor muerte” y sea Halloween, no podemos entrar en un centro de salud y ponernos a atender pacientes, de forma que les hagamos creer que realmente somos médicos y trabajamos allí, ya que podría ser constitutivo de un delito de usurpación de funciones públicas e intrusismo profesional. La pena de prisión de este delito iría desde uno a tres años.

Especial atención deberán tener los padres con sus hijos menores, ya que serán los responsables civiles en el caso de que su hijo menor de edad provoque algún daño, y serán los padres los que deban indemnizar a los que lo hayan sufrido, por ejemplo, los destrozos que hayan podido provocar en algún domicilio con la intención de cometer una gamberrada en la noche de Halloween.

Por otro lado, los menores que tienen entre 14 y 18 años en el momento de cometer el delito tampoco se libran de las consecuencias de sus actos, ya que sí tienen responsabilidad penal, y serán juzgados según la Ley del Menor.

¿Significa esto que hay personajes prohibidos como disfraz de Halloween?

Para nada, es totalmente legal disfrazarse de zombi, policía, atracador, payaso diabólico o villano maligno, siempre que en ningún caso se haga creer a los demás que lo somos de verdad ni provoquemos perjuicios o situaciones de pánico.

Puede parecer irrelevante, pero disfrazarse y actuar de forma que pueda llevar a confusión, un engaño o una amenaza puede hacer de una simple noche de celebración con amigos una verdadera pesadilla.

Desde Legálitas recomendamos especialmente prudencia a la hora de disfrazarnos, ya que la fiesta de Halloween es ante todo un momento para divertirse.

Fuente: Legalitas

 

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