La Sección 1ª de la Sala de lo de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, ha dictado  con fecha 1 de octubre providencia de inadmisión del Recurso de Casación preparado por la Asociación para la Defensa del Procurador (ADP), contra la Sentencia de la Sección 8ª de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestimando el recurso contencioso interpuesto por dicha asociación. De esta forma, el Alto Tribunal da plena validez al Estatuto Colegial de la Procura madrileña, llamado coloquialmente Estatuto “de Diego”.

procurador

Este procedimiento cierra un largo proceso litigioso de la ADP, supuestamente integrada por 7 personas, y que no representa en absoluto el interés general de los procuradores, colectivos que  aúna a más de 11.000 profesionales en todo el territorio nacional.

A mayor abundamiento, la Asociación para la Defensa del Procurador no solo no ha interpuesto jamás iniciativa alguna a favor de la procura o los procuradores, sino que algunos de sus asociados fueron expulsados del Colegio de Procuradores de Madrid por el impago continuado y sistemático de las cuotas colegiales, lo que redundaba en un grave perjuicio, no solo para la institución, sino para con el resto de colegiados y  denotaba una  actitud totalmente insolidaria, que perseguía de forma manifiesta, generar  una inestabilidad en su órgano de gobierno.

La decisión del Tribunal Supremo viene motivada en la “pérdida sobrevenida del interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia sin que concurra la presunción del artículo 88.3 b) LJCA.” Para ello se funda en el pronunciamiento del Alto Tribunal en las Sentencias dictadas en sendos Recursos de Casación anteriores, en los cuales se daba de baja de la profesión a uno de los procuradores integrantes de esta Asociación con fundamento en los Estatutos que la ADP discutía.

Con este pronunciamiento, el Alto Tribunal Supremo avala el trabajo realizado por la junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid, dando cobertura a todas sus actuaciones, que han tenido, tienen y tendrán un único horizonte, revindicar la importancia del trabajo que desarrollan los procuradores de los tribunales, y en concreto de los madrileños,  como cooperadores necesarios de la administración de justicia y que no persiguen más que la consecución  de nuevas competencias que hagan más eficaz y eficiente a la administración de justicia en beneficio del justiciable.

 

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Fuente: Diario Jurídico