A partir del año tributario 2018, todos aquellos contribuyentes que deseen hacer uso del crédito por impuestos pagados en el extranjero que se establece en el contenido del artículo 41 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, lo podrán hacer mediante la presentación de la Declaración Jurada Anual sobre Operaciones en el Exterior (Formulario Nº 1929).

Este mecanismo que fue aprobado el pasado 20 de febrero de 2018, en la Resolución Ex. N° 17, busca en la medida de posible que los contribuyentes faciliten sus obligaciones en lo que antrega de información se refiere.

Esto, ya que establece un procedimiento alternativo para la inscripción en el Registro de Inversiones en el Extranjero (ver Resolución Exenta SII N° 50 de 2011), mediante el cual por el solo hecho de presentar el Formulario N° 1929 antes del 31 de marzo del año tributario en el cual corresponde efectuar la declaración, se entenderá que el contribuyente se ha incorporado a dicho registro.

El plaza de presentación el formulario Nº 1929 ante el SII, será hasta el 29 de junio del año tributario 2018. Si la pressntación por parte del ciudadano del mencionado formulario se realiza antes del 31 de marzo del año tributario, en el que le corresponde declarar las inversiones en el extranjero ante el SII, estas se entenderán que están inscritias de forma automática en el Registro de Inversiones en el Extranjero, lo que elimina el trámite de su inscripción,  facilitando así la obligación impuesta al contribuyente de declarar las inversiones que realice fuera del país. extranjero.

Para cualquier duda que puedan tener con relación a esta noticia, pueden contactar con Patrick Humphreys (phumphreys@garnham.com) o Arturo Garnham (agarnham@garnham.com), socios de Garnham Abogados

Fuente: Garnham Abogados.

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