Contraloría establece que trabajadoras a honorarios de servicios públicos tienen derechos de protección a la maternidad.

El presente informe fue realizado por Álvaro Varas, Asociado en Garnham Abogados, estudio dedicado a brindar asesoría legal que combina una visión global y una sólida práctica legal, para implementar las mejores estrategias.

Álvaro Varas refiere que el pasado 30 de mayo la Contraloría publicó un dictamen en el cual señala que las mujeres que prestan servicios a honorarios para la administración del Estado y que cotizan para los distintos regímenes de protección social, tienen derecho a acceder a las coberturas que ellos otorgan, incluyendo los beneficios que corresponden a la maternidad.

Este dictamen reconsidera una decisión que se había mantenido invariable desde 1962, aceptando la posibilidad de que las trabajadoras contratadas a base de Honorarios en los Servicios Públicos pudieren ser objeto de las normas de protección de la maternidad consagradas en el Código del Trabajo.

Para ello, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

1.- Ser contratada en virtud del inciso segundo del artículo 11 del Estatuto Administrativo, esto es, para cometidos específicos, pero de naturaleza habitual en la institución.

2.- Cotizar para los distintos regímenes de protección social.

Entre estos beneficios se incluye el fuero maternal, el que según lo establecido en el dictamen N°20.921 de 2018, debe asimilarse a las condiciones de un contrato a plazo fijo.

El nuevo análisis de la Contraloría toma en consideración la evolución de la normativa, jurisprudencia y principios involucrados, los que han tendido a expandir las normas de protección a la maternidad a todo trabajador.

Estas normas y principios -además de su reconocimiento expreso en el Título II, Libro II, del Código del Trabajo- han sido recogidas en tratados internacionales ratificados por Chile, como el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ratificado y promulgado a través del Decreto N° 326 de 1989 y el Convenio N° 103 de la OIT ratificado y promulgado a través del Decreto N° 1.907 de 1999, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Garnham Abogados

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